Servicio de Evaluación y Calidad Educativa
Evaluaciones de diagnóstico

Evaluación de diagnóstico LOMLOE
Las Evaluaciones de diagnóstico se rigen por los artículos 21, 29 y 144 de la LOE. En ellos se especifica que en cuarto curso de educación primaria y en segundo curso de educación secundaria obligatoria, todos los centros realizarán una evaluación de diagnóstico de las competencias adquiridas por su alumnado.
Estas pruebas tendrán carácter informativo, formativo y orientador para los centros, para el profesorado, para el alumnado y sus familias y para el conjunto de la comunidad educativa. Serán de carácter censal y tendrán como marco de referencia el establecido en el artículo 144.1. La finalidad de esta evaluación será diagnóstica y en ella se comprobará al menos el grado de dominio de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática.
Corresponde a las Administraciones educativas desarrollar y controlar las evaluaciones de diagnóstico en las que participen los centros de ellas dependientes y proporcionar los modelos y apoyos pertinentes a fin de que todos los centros puedan realizar de modo adecuado estas evaluaciones, que tendrán carácter formativo e interno.
Estas evaluaciones tendrán en cuenta al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, incluyendo, en las condiciones de realización de dichas evaluaciones, las adaptaciones y recursos que hubiera tenido.
Las evaluaciones de diagnóstico para 4.º de Ed. Primaria y 2.º de E.S.O. se iniciarán en el curso 2023-24
Evaluación general del sistema educativo LOMLOE
La Evaluación general del sistema educativo viene regulada por el artículo 143 de la LOE. En él se establece que el Instituto Nacional de Evaluación Educativa, en colaboración con las Administraciones educativas, realizará las evaluaciones que permitan obtener datos representativos, tanto del alumnado y de los centros de las Comunidades Autónomas como del conjunto del Estado.
Estas evaluaciones versarán sobre las competencias establecidas en el currículo y se desarrollarán en la enseñanza primaria y secundaria. El Instituto Nacional de Evaluación Educativa establecerá, en colaboración con los departamentos y órganos de evaluación educativa de las Comunidades Autónomas, los estándares básicos metodológicos y científicos que garanticen la calidad, validez y fiabilidad de las evaluaciones.
La primera edición de la Evaluación General del Sistema educativo para 6.º de Ed. Primaria tendrá lugar en el curso 2024-25 y para 4.º de E.S.O. en el curso 2025-26
Las pruebas se realizarán en el último curso de educación primaria y de educación secundaria obligatoria (6º de EP y 4º de ESO). El Instituto Nacional de Evaluación Educativa, y los organismos correspondientes de las Administraciones educativas llevarán a cabo, con carácter muestral y plurianual, una evaluación de las competencias adquiridas por los alumnos/as.
Esta evaluación tendrá carácter informativo, formativo y orientador para los centros e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa. El Instituto Nacional de Evaluación Educativa elaborará el Sistema Estatal de Indicadores básicos de la Educación, que contribuirá al conocimiento del sistema educativo y a orientar la toma de decisiones de las instituciones educativas y de todos los sectores implicados en la educación.
Resumen comparativo de ambas evaluaciones


